Las narrativas de poder son aquellas en las que las personas llevan a cabo sus proyectos, sueños, aspiraciones, deseos y decisiones , fundados en el poder de hacerlo.
Desde el punto de vista jurídico, las narrativas de poder pueden ser conflictivas al "chocar" con las narrativas de otras personas. En estos casos, las narrativas de comunión permiten que las personas resuelvan sus diferencias mediante el respeto y el diálogo. Se pueden distinguir tres tipos:
Si la narrativa de poder se lleva adelante sin respetar la natalidad de los demás, estas narrativas devienen en narrativas de conflicto.
Si la narrativa de poder se sostiene en el imperativo legal, de forma que el sujeto se limita a invocar el precepto legal que legitima la acción, se puede hablar de narrativas de poder objetivo (es decir, procede de la norma objetiva). Así, por ejemplo, el padre que afirma haber castigado a su hijo mejor por haber desobedecido una norma familiar.
Si la narrativa de poder se sostiene en el ejercicio de un derecho legítimo, la narrativa es de poder subjetivo. En estos casos, desde el punto de vista de los conflictos familiares, conviene tener en cuenta los distintos enfoques científicos: el holístico, el de capacidades y el sistémico. Los derechos familiares no son nunca individuales, sino personales.