Se podría definir la capacidad jurídica como el reconocimiento de la dignidad de las personas nacidas para llevar una vida social acorde con sus deseos y preferencias, contando con los apoyos a los que el ordenamiento jurídico reconoce tener derecho.
Una consecuencia de esta definición consiste en restringir este concepto a la noción de persona nacida, es decir, la que también se denomina persona natural o persona física. Las personas jurídicas son creación humana y carecen de la dignidad y natalidad exclusiva de las personas humanas de carne y hueso.
En el enfoque basado en capacidades, la capacidad jurídica se redefine para reconocer a todas las personas, incluidas aquellas con discapacidades, como sujetos de derecho con plena capacidad de trabajar y participar en decisiones sobre sus propias vidas. Este cambio de paradigma se inspira principalmente en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) de la ONU y subraya la importancia de la autonomía, la dignidad y el respeto a la voluntad y preferencias de las personas.
La distinción entre capacidad jurídica y capacidad de obrar pierde sentido desde el enfoque de capacidades.