La gratuidad trasciende la simple ausencia de pago o deuda; se vincula profundamente con la gracia y el don. Etimológicamente, "gratuidad" proviene del latín gratia, que significa "gracia" o "favor", y del griego kharis, que también se traduce como "gracia". Este término denota aquello que se ofrece de manera incondicional y libre, sin esperar nada a cambio.
De acuerdo con el primer axioma del Derecho de familia -únicamente el amor ordena la vida de las personas y de las familias- la gratuidad funda los ordenamientos jurídicos.