El amor conyugal es el amor que lleva a los esposos a entregarse recíproca y gratuitamente el uno al otro; entrega nacida y expresada en el pacto conyugal. El amor conyugal se consuma en el acto conyugal y desde ese momento deviene en un amor debido en justicia. El amor conyugal es un amor de benevolencia en el que los esposos ordenan sus vidas hacia el bien que les es propio, es decir, el bien de los cónyuges.
El amor conyugal dimana de la relación conyugal, de forma que no tiene su origen en un pretendido contrato mediante el que los esposos intercambiarian derechos y deberes de naturaleza sexual. A partir del siglo XIII, con el advenimiento de las narrativas jurisdiccionales, el amor conyugal devino un amor contractual y se perdió el rasgo de la benevolencia para asumir los rasgos típicos del amor de concupiscencia.