El concepto de nacimiento posee múltiples dimensiones que van más allá de la simple biología. Tradicionalmente, se ha definido de dos maneras principales: como un hecho biológico, que consiste en salir del vientre materno, y como un tópico, es decir, el lugar o momento en que algo se origina. En la tradición occidental, este hecho tiene consecuencias jurídicas fundamentales, ya que marca el inicio de la personalidad jurídica de una persona.
Sin embargo, desde una perspectiva más profunda, el nacimiento no es algo que el recién nacido simplemente "sufre" de forma pasiva. El principio de la natalidad nos invita a comprenderlo como un símbolo: la unidad inseparable de un hecho y de un acto con un significado propio que debe ser respetado ética y jurídicamente. Dentro de este paradigma, se considera el primer y más relevante acto jurídico, en el cual no solo interviene la persona que nace, sino también la comunidad humana que la "hace nacer" como persona. Se describe como la epifanía o manifestación de la persona.
La nación hace nacer a las personas como ciudadanos. Y lo hace desde el amor.
El Estado hace nacer a los individuos como súbditos. Y lo hace desde el poder.