Se conoce como familia atencional aquella que se caracteriza por el hecho de que la realidad familiar es afirmada por sus componentes sin que las circunstancias requieran de ulteriores averiguaciones por parte de los servicios sociales, sanitarios o educativos. Se trata, por tanto, de reconocer que son las personas las que generan las relaciones familiares a partir del amor interpersonal.
Se trata de una noción procesal y formal. No se pretende definir objetivamente qué es la familia ni el grupo familiar atendido. Es decir, no es una noción sustantiva: su ser radica en el hecho de ser afirmado subjetivamente por personas a las que se reconocen derechos inalienables.
Este elemento atencional es clave y posibilita que los servicios públicos sean realmente inclusivos: este aspecto se integra por tanto en la noción de familia inclusiva, sin ser el único.