Las fuentes del Derecho de familia son el nacimiento humano y el acto conyugal en el que los esposos se entregan recíprocamente para constituir la primera relación familiar -la conyugal- y con ella la comunidad de vida y de amor en que se genera la intimidad humana y a la que atribuimos el nombre de familia.
La gran diferencia entre los ordenamientos antiguos y los modernos estriba en que los primeros eran litúrgicos: la fuente del derecho de familia era un misterio divino, intuido en todas las culturas antiguas y custodiado conscientemente en la tradición judeocristiana. Se trata de un ordenamiento narrativo.
Los ordenamientos modernos son jurisdiccionales y normativos.