Desde el punto de vista jurídico, una narrativa es atingente cuando, respetando los órdenes o ámbitos jurisdiccionales implicados, integra los relatos de los distintos agentes sociales o institucionales articulándolos sobre el eje de las narrativas autobiográficas de las personas en conflicto.
La aplicación del paradigma de atingencia, así como de los axiomas del derecho de familia, permite analizar los conflictos familiares para discernir cuándo una determinada narrativa jurídica es atingente o no, es decir, para poder apreciar cuándo está fundada en la justicia y la verdad o no.