Desde el punto de vista jurídico, se entiende por narrativa autobiográfica aquel ámbito espacio-temporal de autonomía mediante el que la persona humana aparece en la sociedad como sujeto de unos derechos que no son concesión de autoridad alguna sino inherentes al desarrollo de la convivencia en la comunidad humana.
La intimidad es siempre autobiográfica puesto que no nace de la sociedad sino de la humanidad presente en cada persona y al hacerse autoconsciente puede ser compartida con los demás.
El modelo narrativo autobiográfico se fundamenta en los axiomas del derecho de familia, en el paradigma de atingencia y en los principios de la natalidad y de la conyugalidad, que son las fuentes del ordenamiento del Derecho de familia. Para enfocar la naturaleza de los conflictos familiares es imprescindible identificar si nos encontramos ante una familia o no. El análisis de las narrativas autobiográficas es fundamental para proceder a esa identificación.